Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo a fin de que reasuma la competencia declinada a fs. 134 y hágase saber a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal, Sala Contenciosoadministrativo 1" 2.
MixcuEL AnceL Bencarrz — Acustín Diaz Baer — ManveL Anauz Castex — EnNESTO A. ConvaLÁn Nancianes — Hécrton MasnNaTtra.
EMPRESA vs. ESTADO AGUA y ENERGIA ELECTRICA
v. EDUARDO DOUGALD CAMPBELL JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Por las personas. Nación.
La competencia federal establecida para los supuestos en que la Nación 0 una de sus entidades autárquicas —en el caso Agus y Energía Eléctrica— sean parte, es renunciable a favor de la justicia provincial y los particulares carecen de interés jurídico para oponerse a ello, desde que se trata de un privilegio que sólo a aquéllas concierne.
DictTaMEN DEL PROCURADOR GENERAL Suprema Corte:
Se trata de una ejecución fiscal iniciada por Agua y Energía Eléctrica —Empresa del Estado— contra un particular antc la justicia ordimaria de la provincia de San Luis, en la que la demandada opuso excepción de incompetencia de jurisdicción por considerar que, siendo la actora una empresa estatal, el juicio debe ser tramitado ante el fuero federal.
V.E. tiene decidido que la norma que establece la competencia federal en las causas en que la Nación o uno de sus organismos autárquicos son parte, en cuanto tiene fundamento en su condición de tales, mo es inexcusable, y que, por ello, mientras no se trate de la renuncia al fuero federal en beneficio de una competencia foránea, es susceptible de prómoga por parte de sus titulares (Fallos: 258:116 ; considerando 19 y 200:431 y sus citas, entre otros).
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Año: 1975, CSJN Fallos: 291:538
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