ANTONIO DOLORES CASTAÑO yv. PEDRO BORTOT
RECUNSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales. Inter pretación de normas y actos comunes.
Determinar la uctividad de la accionada en punto a si efectuó diligencias para obtener la líbreta de aportes patronales que establece el art. 11 del de creto-ley 17.258/67 - si las mismas fueron efectuadas en tiempo oportuno, es cuestión de hecho, prueba y de derecho común, propia de los jueces de la causa y ajena al conocimiento de la Corte por vía del recurso extraordinario cuando el pronunciamiento cuenta con fundamentos que lo sustentan en los términos de la doctrina de la arbitrariedad. Ello, sín perjuicio del grado de acierto o error del pronunciamiento (°).
CONSORCIO EDIFICIO AVENIDA CORDOBA 380 v. MANUEL ROSALES y OTRO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes, La sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que concluyó que el demandado contravino el reglamento de copropiedad del consorcio al destinar mu departamento a un uso mixto, resuelve sin arbitrariedad cuestiones de hecho, prueba y de derecho común, propias de los jueces de la causa y ajenas al recurso del art. 14 de la ley 48 (3).
PROVINCIA DE CORRIENTES v. SA. SARPA RIO PARANA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva, Resoluciones poderiores a la sentencia defimtica.
No procede el recurso extraordinario contra la sentencia que modificó parcialmente la resolución de primera instancia, estableciendo que a los efectos de la corrección del valor de la moneda debe considerarse la cotización del dólar en el mercado comercial, sí ha sido dictada en la etapa de ejecución de la «ntencia espropiatoría definitiva dictada en los autos. En tales condiciones es aplicable al caso la doctrina de la Corte que ha declarado que los pronun') 29 de abril. Fallos: 266:200 : 287:114 : 288.38.
7) 29 de abril Fallos: 266:210 ; 267:114 ; 268:38 .
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Año: 1975, CSJN Fallos: 291:458
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