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Fallos: 291:25 de la CSJN Argentina - Año: 1975

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29, Si el interesado en el diligenciamiento de un mandamiento solicitare el relevo del Oficial de Justicia, por causa atemdible, y no teniendo importancia, el Jefe de Sección concederá lo solicitado. De lo contrario exigirá que se pongan los hechos en conocimiento del Superior.

30, Las Oficiales de Justicia, durante su diaria actuación en la oficina, tendrán siempre a la vista todas las diligencias con intervención de parte, y sólo retirarán de su escritorio las que deban practicar en el día o el siguiente hábil o

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31. Si la confección de un mandamiento no se ajustare a lo reglamentado, los Oficiales de Justicia harán entrega del mismo, poniendo el hecho en conocimiento del Juzgado por nota adjunta, firmada y dirigida al Secretario.

32. Las actas de las diligencias en un todo o, en 5u caso, en la parte variable de las planchas-formulario, serán manuscritas con letra bien legible por el propio oficial ejecutor, dejando el margen correspondiente, tanto en los costados de la foja como en la parte superior e inferior de la misma, observando la mayor prolijidad, Podrán eventualmente hacer uso de la máquina de escribir en Li redacción de las actas referidas.

33. En las actas o informes a los Tribunales, el día y el mes, lo mismo que las cantidades de dinero, deben escribir con ha, sin excepción alguna.

MH, Siempre que el Oficial de Justicia firme en su carácter de tal deberá hacerlo con aclaración de firma y mención del cargo que desempeña.

35. Cuando el acta que se labre comprenda más de una foja, sobre las dobleces y uniones internas de sus márgenes, deben extender su firma entera con sello aclratorio de ésta, en forma tal que una parte de la firma y sello queden estampados en la foja anterior, y la otra parte en la foja siguiente, 38. Cuando por cualquier motivo se devuelva a Oficina mandamiento conjuntamente con las copias de escritos, documentos, etc. que lo acompañaban al recibirlo para su diligenciamiento, en el informe o acta que labren en aquél se dejará expresa constancia que se devuelve con las referidas piezas.

37. Cuando en un mandamiento se adjuntaren más duplicados de los necesarios, en todos los duplicados superfluos se cruzará su testo con la palabra en gran tamaño: "SOBRANTE", dejindolos adheridos a su respectivo original.

38. Siempre guardando el margen debido, los sellos serán estampados con todo esmero y la lectura de los mismos deberá ser perfectamente clara y legible, Las actas, informes, y su firma, el Oficial de Justicia deberá estenderlas empleando exclusivamente tinta neg a.

39. Toda foja. documento, lc, que se acompañe a un mandamiento deberá ndberine perfectamente al mismo.

40. Las Oficiales de Justicia obedecerán las indicaciones que le formule el Encargado de la Mesa de Control correspondiente a su sector y conducentes al cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento y presentes instrucciones,

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Año: 1975, CSJN Fallos: 291:25 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-291/pagina-25

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