108. El Jefe de la Oficina resolverá los casos no previstos en el presente Regla mento, siempre que estén dentro de las facultades que le son propias.
DE LOS DIAS FERIADOS Y NO LABORABLES
109. Salvo lo que en contrario establezca este Reglamento, el personal de la Oficina no prestará servicio en los días que por disposición del Gobierno de la Nación deban tenerse por feriados o no laborables, y los que la Corte Suprema declare feriados judiciales.
DE LOS DIAS DE ASUETO
110. No hay otros días de asueto que el judicial que decrete la Corte Suprema.
111. Cuando se decrete asueto:
a) si éste comprende integramente el horario judicial, sólo se atenderán los asuntos con carácter urgente, o que deban tramitarse con habilitación de día y hora. El Jefe designará dentro del personal interno a quiénes prestarán servicio de guardia; y el personal externo continuará cumpliendo sus deberes "de calle", sin obligación de concurrir a Oficina.
b) si el asueto fracciona el horario judicial, la Oficina funcionará como de ordinario, con todo su personal intemo y externo cumpliendo normalmente sus funciones.
DE LA FERIA JUDICIAL
112. La Oficina continuara funcionando durante las ferias judiciales.
113. El Jefe de la Oficina designará el personal intemo y los oficiales de justicia que actuarán durante las mencionadas ferias.
114, Durante las ferias judiciales se deberán diligenciar órdenes judiciales libradas con habilitación de día y hora por los Tribunales en receso, hasta el momento en que comiencen a actuar los Tribunales de Feria.
115. Ante un caso excepcional de que un tribunal, con anterioridad a su receso, Imbiese librado orden ...ilitando la feria judicial, la Oficina la cumplirá, quedando el ejecutor exento de cargo con respecto únicamente a anomalía sobreviniente por falta de inmediación del Tribunal en receso.
116. En las ferias judiciales se diligenciarin las órdenes judiciales provenientes de provincia que se ajusten a lo establecido en el art. 99.
117. En la feria judicial se mantendrá inalterable la observancia del presente Reglamento.
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Año: 1975, CSJN Fallos: 291:19
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