CAUSA CLX1I Don José Gastaldi, con los Sres. A. Rivolta, Carboni y €°, sobre arbitraje: por nulidad del laudo, Sumario: 1 La nulidad de un laudo de árbitros arbitradores, no puede fundarse en supuestos vicios de procedimiento» no demostrándose que los árbitros procedieron dolosamente.
2" Los árbitros y el tercero deben laudar formando tribunal, esceptuándose el caso en que las partes los hubiesen facultado para fullar « magiier non se acertassen en uno ».
Caso. —Se halla esplicado en el siguiente Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Febrero 6 de 1885, Vistos estos antos para resolv.r sobre recurso de nulidad deducido por los Sres. Rivolta, Carboni y C° contra el laudo arbitral de foja 92.
RESULTA :
1 Que con motivo de dificultades que se suscitaron entre estos señores y el capitan del buque Italiano Origine, Don
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Año: 1885, CSJN Fallos: 29:222
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