38 renunciando la mision que los interesados le Eabian conferido, á causa de verse acosado por ellos para que el nombramiento recayera en persona de su eleccion, datando desde este momento la intervencion que se dió al Juzgado en este asunto con el escrito de foja 40 presentado por los árbitros para que se hiciera judicialmente el nombramiento del tercero con declaracion de que el término de 30 dias acordado á este para fallar empezaria á correr desde su aceptacion del cargo.
5" Que convocadas las partes ú juicio verbal convinieron en deferir al Juzgado el nombramiento del tercero y en que el término para Jaudar empezará á correr en la forma solicitada, siendo designado en el mismo acto Don Ricardo Murray, segun Jo comprueba el acta corriente á foja 49.
6" Que despues de nombrado el tercero y despues de haber entregado su laudo el árbitro Gastaldi renunció el cargo por tener que ausentarse urgentemente para la Asuncion del Paraguay, designando en seguida los Sres. Rivolta, Carboni y C° su reemplazante en la persona del Doctor Don Remigio Lescano (foja 65).
79 Que de los documentos acompañados ú fojas 70 y 71 resulta que este fué citado por el tercero para cambiar esplicaciones, primero, y sin entrar á emitir opinion acerca de las facultades que podía tener, y despues, para presenciar la publicacion del fallo que dicho tercero había pronunciado dentro del término concedido al efecto, ú cuyo acto el Doctor Lescano se negó áconcurrir por las razones que esplica en su memorandum de foja 83.
8" Que notilicadas lus partes del laudo de foja... dictado por el tercero con la adhesion del árbitro Señor Palma, los Señores Rivolta, Carboni y C", ocurrieron al Juzgado con el escrito de foja 108 diciendo de nulidad del referido pronunciamiento, fundándola: 4" en que el compromiso de foja 2 se ha estendido en docume: .v privado; 2" en que enel nismo no se
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Año: 1885, CSJN Fallos: 29:224
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