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Fallos: 29:135 de la CSJN Argentina - Año: 1885

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en la acta de foja cinco, que tenia conocimiento del decreto fe— cha dos del corriente mes de Octubre, publicado en los diarios el tres del mismo, por el cual se dispone que al Juez de Paz de la sesta Seccion corresponde presidir la Junta Calificadora de la inscripcion en el Registro Cívico, en la Parroquia de San Miguel, se confirma, con costas, el auto apelado de foja nueve vuelta, y devuélvase.


J. DOMINGUEZ. — ULADISLAO FRIAS.
— FEDERICO IBARGÚREN, .



CAUSA EL
Don Juan Arzeno, contra Don tiuillermo Bauer ; sobre nulidad de una venta.

Sumario. — 1" Segun Jas leyes anteriores al Código Civil, la prohibicion ú los padres de vender los bienes adventicios de sus hijos, no era bajo pena de nulidad de dichas ventas.

2 El hijo no tenia accion reivindicatoria contra los adqui

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Año: 1885, CSJN Fallos: 29:135 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-29/pagina-135

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