matrimonio de Demetrio Eliades, doña Folo o Fothini Eliades de Viachakis y Alejandro A. Mugeti, beneficiario de la parte disponible del citado causante, por una parte y la señora María Concepción Díaz de Eliades, que contrajera matrimonio ulterior con Demetrio Eliades, cuestión relativa a valores existentes en bancos de Nueva York que habían sido retirados por la esposa en segundo matrimonio luego del deceso de su cónyuge, 27) Que la extracción de dichos fondos dio lugar a la apertura del incidente ° en examen, en el cual se libró exhorto por vía diplomática al exterior, habiendo objetado la recurrente el procedimiento impreso para la determinación de la existencia de tales depósitos y la inclusión en el acervo sucesorio de las sumas respectivas, que asciende a 1.794.792,82 dólares americanos, Tanto el Juez de Primera Instancia como la Cámara de Apelación de Mar del Plata desestimaron la impugnación a la forma de tramitación y declararon comprendidos los mencionados dólares en el patrimonio hereditario (ver Es, 645/50 y 707/17), Contra el pronunciamiento de la alzada tue articulado el recurso extraordinario de Is. 720/61, concedido a Is. 762, i 3) Que, como lo destaca la Procuración General a Es. 805, el tribus nal de alzada ha resuelto cuestiones ajenas a la jurisdicción excepcional de la Corte Suprema, en orden a la cuestión procesal implicada en el p procedimiento para la determinación de la existencia y monto de los depósitos (Fallos: 267:18 ; 271:32 ), 4) Que no se advierte tampoco vulneración de la garantía de la inviolabilidad de la defensa en juicio como pretende la recurrente. Esta, según resulta del examen de las actuaciones, tuvo amplia oportunidad de ejercer sus derechos y la omisión de esa actividad le es imputable sólo a ella, siendo sabido que aquella garantia no ampara la negligencia de los justiciables (in re Compañía Swift de La Plata S.A, Frigorífica 5/ convocatoria de acreedores, Exp, C, 705. XVI).
5") Que igualmente cabe declarar que las cuestiones referentes al ingreso en el haber sucesorio de valores depositados en cuentas bancarias de bancos en el exterior, a la orden del causante y su esposa, son extra» y ñas al juego del recurso extraordinario, implicando temas de hecho, prueba y derecho común (ver al respecto las citas de la sentencia de esta Corte en les autos "Díaz de Eliades, María C. c/ Eliades de Viachakis Folo o Fothini y otros s/ nulidad de testamento", Exp. E. 327, que se dan i + N i
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Año: 1973, CSJN Fallos: 287:147
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