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Fallos: 27:357 de la CSJN Argentina - Año: 1884

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Falle del Juez Federal San Luis, Octubre 77 de 1882, Y vistos estos autos, iniciados por D. Arturo Dominguez, en representacion de D°Agustina Soler de Varas, contra D. Mauri cio Daract, sobre propiedad de un terreno, resulta :

1" Que de los documentos presentados á la demanda, aparece, que en fecha 7 de Mayo del año 1798, D. Juan Manuel Panelo, en representacion de D° Manuela Quiroga, otorgó á favor de D. Tomás Varas, la venta de una suerte de tierra ubicada ú la banda naciente del Rio 5", bajo los límites que se determinan en la escritura de f. 8 y 9.

2" Que de la cláusula testamentaria, adjunta en cópia á f. 1", consta la transferencia que D. Tomás Varas tenia hecha á su hijo D. Jacinto, de una estancia situada en el mencionado paraje, por pago de quinientos y tantos pesos, que declara le adeudaba desde el año 1828; y por el testamento de f. 2 ú 4, otorgado por este último, la transferencia de sus bienes en la persona de su esposa D°' Agustina Soler de Varas, á quien ins= tituye de heredera universal.

3" Que al entablarse la demanda indicada, se alega por el actor el hecho de haberse conservado por parte de D. Jacinto Varas, la posesion del terreno que espresan los mencionados títulos de propiedad, por medio de terceros que lo ocupaban en su nombre, hasta el año 1873, época en que fué despojado de una parte de él por D. Mauricio Daract, en virtud de una mensura judicial practicada por el Agrimensor Público D. Hermenejildo Adaro (no obstante de que esta no fué presentada para su aprobacion) y en la que se daban por terrenos de propiedad desconocida los situados hácia la parte del Sud del terreno mensurado ; siendo así que en el lugar denominada « La
T. AVI. E

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Año: 1884, CSJN Fallos: 27:357 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-27/pagina-357

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