32 + FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Setiembre de 1883, se declara, con especial condenacion en costas, que el Juez competente para continuar este juicio es el exhortante, á quien se le hará saber por oficio, remitiendo este espediente á los efectos que corresponda y con noticia de las partes. Repónganse las fojas.
Felipe Z. Peres.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
Considero pertinente la aplicacion del artículo 10 de la ley de Jurisdiccion y Competencia, al presente caso.
La demanda ha sido iniciada conjuntamente por Genoud, estrangero, como dueño, y por Sosa, argentino, como arrendatario. Uno y otro estaban habilitados para defender la posesion del campo, que invadía Barbich con su alambrado.
Siendo este último, estrangero, Genoud no habia podido demandarlo ante la justicia federal, y es entonces perfectamente aplicable la disposicion del artículo citado, que declara requisito indispensable que cada uno de los que ejercitan una accion solidaria, tengan individualmente el derecho de demandar 6 ser demandados ante los Tribunales Nacionales, para que puedan ocurrir á ellos.
Sírvase V. E. confirmar la sentencia recurrida.
Eduardo Costa.
Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Noviembre 25 de 1881.
Vistos: por sus fundamentos, y de conformidad con lo es
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Año: 1884, CSJN Fallos: 27:332
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