El representante de la Provincia, entre las defensas opuestas, negó los hechos establecidos en la demanda.
Fallo de la Suprema Córie Buenos Aires, Noviembre 25 de 1881.
Vistos : habiéndose negado por la parte demandada los hechos establecidos en la demanda, y considerando necesario el esclarecimiento de ellos para resolver esta causa, la Córte ordena que se reciba á prueba por el término de veinte dias.
4. B. GOROSTIAGA. —J. DOMINGUEZ. —
ULADISLAO FRIAS.
—e—_——
CAUSA CXI:
D. José Bazan, contra la Provincia de Santa Fé, por jactancia; sobre amparo de posesion.
Sumario. — 1° El deslinde y amojonamiento, es un acto de posesion, que ejercitado en el campo poseido por otro, importa turbacion.
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Año: 1884, CSJN Fallos: 27:334
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