CAUSA CV
D. Saturnino E. Unzué, contra la empresa del Ferro-carril Trasandino; sobre espropiacion Sumario. — 4° En los juicios de espropiacion, las costas de actuacion y los honorarios de los peritos son á cargo del espropiante.
2" El espropiante debe tambien los intereses de la suma en que se ha avaluado la indemnizacion, eu la parte no depositada para pago, desde el dia de la ocupacion de lo espropiado, Caso. — Lo esplica el Fallo del Jues Federal Buenos Aires, Agosto 22 de 1883.
Vistos estos autos, resulta: Que la empresa del Ferro-Carril Trasandino ha necesitado espropiar una fraccion de terrenos de la estancia de D. Saturnino Unzué, y citados á juicio verbal, la empresa ofreció mil pesos fuertes, como indemnizacion, 6 lo que se estimase por peritos, y el representante de Unzué exijió
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Año: 1884, CSJN Fallos: 27:273
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-27/pagina-273
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