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Fallos: 27:222 de la CSJN Argentina - Año: 1884

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Tello de 1a Suprema Corte — Buenos Aires, Octubre 28 de 1884.

"" Vistos ; por sus fundamentos, se confirma, con castas, el anto apelado de foja diez y siete vuelta. — Repuestos los sellos, devuélvase, ! 4. B. GOROSTIAGA. — J. DOMINGUEZ, — ULADISLAO
FRIAS. — FEDERICO IBARGÚREN.
ÍI
—— a —

CAUSA XCVIIE
Don Dermidio Carranza, contra Don Cárlos Godoy y Don Elias Godoy; por cobro ejecutivo de pesos y tercería de dominio; sobre chancelacion de una fianza.

Sumario. — 4° El que ha solicitado y obtenido bajo su responsabilidad un embargo de bienes que no pertenecen á su deudor, es responsable de los daños causados al dueño de aquellos.

2" La fianza prestada con motivo de dicho embargo no puede

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Año: 1884, CSJN Fallos: 27:222 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-27/pagina-222

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