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Fallos: 259:463 de la CSJN Argentina - Año: 1964

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DECLARACION INDAGATORIA.
Ver: Constitución Nacional, 10, 20 Jueces, 2; leeurso extraordinario, 22.


DECLARATORIA DE HEREDEROS.
Ver: Impuesto, 3; Jurisdicción y competencia, 9

DECRETO.
Ver: Constitución Naejonal, 47: Faeultad reglamentaria, 1: Recurso de amparo, 3

DECRETOS NACIONALES.
Ver: Constitución Nacional, 18; Necurso extraordinario, 1, 41

DECRETOS PROVINCIALES.
Ver: Jurisdicción y competencia, 40.

DEFENSA JUICIO.
Ver: Constitución Nacional, 10, 13, 14, 15, 19, 20, 21, 22, 26, 46; leenrso extraordinario, 15, 16, 17, 15, 19, 22, 71, 86. 59, 120, 124, 127, 152, 170, 1505 Reeurso por retardo o denegación de justiein, 13 Senteneia, 3.

E

DEFENSOR.
Ver: Constitución Nacional, 10,

DEFRAUDACION.
Ver: Jurisdicción y competencia, 27, 52, 59,

DELITO.
Ver: Constitución Nacional, 46; Recurso extraordinario, ST.


DELITOS CONTRA EL ORDEN PUBLICO Y LA SEGURIDAD DE
LA NACION.
Ver: Jurisdicción y competencia, 51.

DELITOS ECONOMICOS.
Ver: Jurisdicción y competencia, 54. 55. 55.59.

DEMANDA (').
Requisitos de la demanda.

1. Si hien es necesaria la fijación conereta en la demanda del monto de lo que en ella se reclama, enbe reconocer que ello <=. a veces, imposible por la naturaleza de los perjuicios sitridos. En tales «npuestos, a fin de no incurrir en plus petitio, «quien demanda ha de solicitar lo más coneretamente posible la

Voto del Dr. Luis Maria Bolti Hoszero): p. 169 1) Ver también: Recurso estraoriinario, 170

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Año: 1964, CSJN Fallos: 259:463 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-259/pagina-463

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