DECLARACION INDAGATORIA.
Ver: Constitución Nacional, 10, 20 Jueces, 2; leeurso extraordinario, 22.
DECLARATORIA DE HEREDEROS.
Ver: Impuesto, 3; Jurisdicción y competencia, 9
DECRETO.
Ver: Constitución Naejonal, 47: Faeultad reglamentaria, 1: Recurso de amparo, 3
DECRETOS NACIONALES.
Ver: Constitución Nacional, 18; Necurso extraordinario, 1, 41
DECRETOS PROVINCIALES.
Ver: Jurisdicción y competencia, 40.
DEFENSA JUICIO.
Ver: Constitución Nacional, 10, 13, 14, 15, 19, 20, 21, 22, 26, 46; leenrso extraordinario, 15, 16, 17, 15, 19, 22, 71, 86. 59, 120, 124, 127, 152, 170, 1505 Reeurso por retardo o denegación de justiein, 13 Senteneia, 3.
E
DEFENSOR.
Ver: Constitución Nacional, 10,
DEFRAUDACION.
Ver: Jurisdicción y competencia, 27, 52, 59,
DELITO.
Ver: Constitución Nacional, 46; Recurso extraordinario, ST.
DELITOS CONTRA EL ORDEN PUBLICO Y LA SEGURIDAD DE
LA NACION.
Ver: Jurisdicción y competencia, 51.
DELITOS ECONOMICOS.
Ver: Jurisdicción y competencia, 54. 55. 55.59.
DEMANDA (').
Requisitos de la demanda.
1. Si hien es necesaria la fijación conereta en la demanda del monto de lo que en ella se reclama, enbe reconocer que ello <=. a veces, imposible por la naturaleza de los perjuicios sitridos. En tales «npuestos, a fin de no incurrir en plus petitio, «quien demanda ha de solicitar lo más coneretamente posible la Voto del Dr. Luis Maria Bolti Hoszero): p. 169 1) Ver también: Recurso estraoriinario, 170
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Año: 1964, CSJN Fallos: 259:463
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