e Y considerando: ° sr Que el pedido formulado a fs. 190 por el expropiador en el "sentido de que se fije audiencia para recibir: declaración al testi1 go José Neme Scheij no comporta la alegación válida de "hecho nueyo"' en los. términos del art. 109 del Código supletorio, pues de dicho escrito no resulta cuáles son los hechos sobre los cuales deberá declarar el testigo propuesto ni, por ende, que ellos hayan llegado a conocimiento del peticionante recién en esa oportunidad del juicio. . . - .
Que tampoco cabe acceder al pedido de oficio ampliatorio formúlado en el mismo escrito, habida cuenta de que tal' medida probatoria, que reviste carácter. complementario con respecto a la solicitada oportunamente por la parte demandada, pudo y debió pedirse en ocasión de la audiencia de fs. 139, o Por ello, se decide hacer lugar a las oposiciones formuladas por la demandada a fs. 194/5 y 197/8. Sin costas, por no encóntrar mérito el Tribunal para imponerlas. - BEnJaMíN ' Vimincas BASavimaso — e. - o ARISTÓBULO D. Aráoz De LAMADRID
E... — RicarDo CoLomBres — ESTEBAN
. ' Imaz. o, " EDUARDO ARGUERO FRAGUEYRO " , PRESIDENTE DE LA NACION. - — Corresponde no hacer lugar al pedido de que el Presidente de la Nación sea repuesto en su cargo por la Corte Suprema, Ello porque la acefalía de la República se configura por la "falta de Presidente y Vicepresidente de la Nación", sin que inecumba a la Corte pronunciarse acerca de las causas deter- , minantes de esa falta. En tales condiciones y mediando el receso del Congrey -50, era procedente que la Corte recibiera juramento al Presidente Provisional = del Senado y homologara su asunción del mando presidencial, como forma , Y "adecuada de conferir plena validez y firmeza a este acto. .
PRESIDENTE DE LA NACION. - L
El pedido de que el Presidente de la Nación sea repuesto en su cargo consti tuye un inequívoco acto político, ajeno en absoluto a las funciones de la Corte Suprema (Voto del Señor Ministro Doctor Don Aristóbulo D. Aráoz . de Lamadrid). , . .
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia macional. Competencia originaria de la Corte Suprema. Generalidades.
El pedido de que el Presidente de la Nación "sea repuesto en el cargo de .
que ha sido despojado" constituye, en el caso, una demanda de amparo, que . " . - o
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Año: 1962, CSJN Fallos: 252:285
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