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Fallos: 25:83 de la CSJN Argentina - Año: 1883

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Falo de la Suprema Corte Buenos Aires, Febrero 13 de 16883.

Vistos; por sus fundamentos, se confirma con costas la sentencia apelada de foja trescientos treinta y tres á foja tres cientos cincuenta ; y repuestos los sellos devuélvanse.

J. B. GOROSTIAGA.—¿. DOMINGUEZ—
ULADISLAO FRIAS.—S. M. LASPIUR
—M. D. PIZARRO.

—— TE —

CAUSA XVI
La sucesion de D. Nicasio Ortiz, contra D. Severiano del Castillo, sobre cobro de pesos.

Sumario, — 4° Entregados unos documentos para ver remitidos 4 Buenos Aires, y pagar su importe una vez cobrado, para obligar al que los recibió 4 su pago, es necenario probar que percibió el importe, El que entregó los documentos tiene necion para pedir contra quien corresponde su devolucion 6 importe, Cano, -- No esplica por el

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Año: 1883, CSJN Fallos: 25:83 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-25/pagina-83

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