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Fallos: 25:190 de la CSJN Argentina - Año: 1883

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tarde, se presentó en la Prefec tura Marítima de esta Capital, el capitan de la barca griega Enouis, Don Andrés Kiparisis, dando cuenta que á bordo de su buque habia tenido lugar un incidente entre los tripulantes del mismo ( nota de foja 23).

2 Que inmediatamente se trasladó el oficial de servicio señor Ojeda con dos hombres armados, acompañados del capitan del buque, á bordo de este, encontrando que el marinero Basilio Adam, habia dado muerte al de igual clase Constantino Brulos, infiriéndole dos puñaladas, y heridas á Jorge Tongaluki; procediendo en seguida á bajar á tierra al presunto criminal y al cadáve1 de Brulos para su reconocimiento.

3" Que instruido el correspondiente sumario, resulta que el citado dia 21 de Mayo por la mañana, el piloto de la Enozis, César Brughera, acompañado de los marineros Basilio Adam y Juan Petitto, fueron á uno de los buques fondeados á inmediaciones de aquella, en busca de leña ó de unas maderas en cumplimiento de órderies recibidas anteriormente del capitan; que de allí pasaron á bordo de la barca italiana Zuchino, donde el piloto fué á visitar ú un paisano suyo, encontrando Adam á un marinero compatriota y amigo de él, siendo invitados los tres á beber, lo que solo aceptaron éste y Brughera; que como á la una de la tarde poco mas 6 menos, regresaron á la Enoxis viniendo éstos bastante ébrios, especialmente Adam, que segun todos sus compañeros lo estaba completamente; y á los pocos momentos se tomaron en discusion éste y el finado Brulos sin que se haya podido establecer cual fué su orígen, que de allí pasaron álas vías de hecho, tomando Brulos de los cabellos al procesado y tirándolo sobre cubierta, en cuyo estado se puso 4 darle golpes con los piés y los puños, hasta que hostigado ó desesperado, éste tomó un cuchillo que llevaba consigo y le tiró varias puñaladas, despues de lo cual recien lo abandonó, pues lo tenia abajo, yendo á morir á pros pasos á consecuencia de las heridas recibidas.

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Año: 1883, CSJN Fallos: 25:190 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-25/pagina-190

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