Caso. —El Banco Nacional en la ejecucion contra la señora de Lascano y Don Martiniano Olmos obtuvo el embargo de la casa calle Uruguay, número 79, como de propiedad de este último.
Doña Fidela B. de Vivar dedujo tercería de oposicion fundada en el dominio de la casa adquirida por compra, cuyos títulos se hallaban en el Banco Hipotecario.
La parte de Lascano opuso defecto enla demanda por no acompañarse los títulos en que se apoyaba.
Fallo del Juez de Seccion Buenos Aires, Febrero 14 de 1883.
Y vistos: Por los fundamentos aducidos en el precedente eserito y Considerando además : 1 Que la excepcion de defecto legal en la demanda que es la propuesta en el escrito de foja 7 se refiere ú la falta de los requisitos sustanciales que aquella debe contener y se encuentran enumerados en el artículo 57 de la ley Nacional de Procedimientos ; pero de ninguna manera á la falta de presentacion de los documentos en que se apoya la accion, pues tanto valdria formar artículo de prévio pronunciamiento sobre la no presentacion de cualquier otro medio de prueba, lo que es manifiestamente absurdo.
9" Que la falta de exhibicion de los documentos en que funda el actor sus derechos solo tiene la sancion que establece el artículo 10 de la ley citada.
3" Que ademas, el demandante ha cumplido con ese precepto de la ley, indicando la oficina pública donde se encuentra el título de la propiedad que reclama, señalando los motivos justificativos que lo impi? " su presentacion,
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Año: 1883, CSJN Fallos: 25:170
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