revocó la sentencia del Juez de Seccion que confirmaba su jurisdiecion.
En la causa 60, tomo 4", página 315, serie 2", V. E, resolvió que iniciado el juicio de deslinde, no puede entablarse ante la jurisdiccion nacional accion reivindicatoria sobre uno de los puntos á deslindarse, Eduardo Costa.
Falle de la Suprema Córto Buenos Aires, Abril 12 de 1883.
Vis.0s: Considerando que la operacion de mensura y amojonamiento no constituye por sí sola un juicio, aunque pueda dar lugar á él.
Que por tal razon esta Córte ha declarado ya, que la peticion de mensura no importa un caso contencioso, y por consiguiente no corresponde á la Justicia Nacional ; causa ciento diez y siete, tomo noveno, serie segunda.
Que cuando por consecuencia de las diligencias de mensura y deslinde practicadas, surje oposicion de algun colindante ú dicha operacion y sobreviene un juicio contradictorio, los Tribunales Nacionales son competentes para conocer de él si la nacionalidad ó vecindad de los litigantes es diversa, como lo ha declarado igualmente esta Córte por sentencia de diez y siete de Febrero de mil ochocientos ochenta y uno, en la causa de Don Fernando Campero con la Provincia de Jujuy sobre mensura y deslinde; pues no es este un juicio universal de los comprendidos en el inciso primero, artículo doce, de la ley sobre Juriadiccion y competencia do los Tribunales Nacionales; y mucho menos puedo considerarse este juicio un accesorio de
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Año: 1883, CSJN Fallos: 25:168
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