de Moneda ni remotamente se ocupa, con la denuncia en la materia civil de que ella trata. La denuncia en materia civil se hace; ó para conservar nuestro derecho 6 el del público, 6 para precavernos de algun daño ; como la denuncia 6 acusación civil de «Obra Nueva» en calle, plaza ó ejidos comunales ; la acusacion 6 denuncia civil de « Obra Vieja> que pública 6 privadamente nos amenaza de un daño; la denuncia civil de propiedades fiscales poseidas por particulares, y cuya reversion al fisco nos interesa en virtud de un beneficio. creado por la ley á favor del acusador 6 denunciante; la denuncia civil de minas de esplotacion; para conservar nuestro derecho de descubridor ; - yenel caso ocurrente la civil denuncia de circulacion de billetes de Banco con infraccion de la Ley de Moneda: denuncias o que dan lugar á un procedimiento civil contencioso entre el acusador ó denunciante, y el acusado ó demandado, con quien so sigue el juicio por sus trámites ordinarios cuando la ley no establece un procedimiento especial. (Escriche verb. denuncia).
9 Que la Ley de Moneda al hablar en este sentido; de acusacion y denuncia para la ejecucion de la multa que impone á los Bancos, no ha entendido hablar de lo que en el derecho penal se denomina delación, ni puede ercerse que haya tratado de pro| veer 4 un procedimiento criminal contra los Bancos de la República, lo que además de ser contrario á las disposiciones positivas y principios generales del derecho civil y penal que quedan ya citados, autorizaria un procedimiento de oficio á mérito de la simple delacion, procedimiento que no se encuentra autorizado por dicha ley que solo reconoce dos modos de proceder: Primero, por accion fiscal, y segundo, por acusacion 6 demanda de los particulares (artículo diez y seis).
10 Que esto seria tambien contrario á la prescripcion de la ley de catorce de Setiembre del sesenta y tres que prohibe el procedimiento de oficio en los Tribunales Federales (artículo ...) 44° Que finalmente es incompatible el rol de mero denun
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Año: 1883, CSJN Fallos: 25:126
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