—.. PALLOS DE LA SUPREMA CORTE Juez de Seccion en el cuarto considerando del auto de foja cuarenta y nueve, se confirma este con costas, — Satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse.
4. B. COROSTIAGA. — 3. DOMINGUEZ, —
S. M. LASPIUR.
——D0 00
CAUSA LXXVII
Von Pedro E, lloman contra Doña Cármen Hoss: de Campo sobre cobro de pesos.
Sumario. — La respuesta evasiva á las posiciones debe considerarse como confesión, máxime sí la verdad del hecho es corroborada por la prueba testimonial, Caso, — Se esplica por el Falle del Jues de Heccion Nuenve Alros, Julio 94 de 18919 Vistos estos autos, de los que resulta 1 Que con fueha %3 de Envro del año 1870 e presentó al a
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Año: 1882, CSJN Fallos: 24:368
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