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Fallos: 24:363 de la CSJN Argentina - Año: 1882

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Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Setiembre 12 de 1882 Vistos por sus fundamentos, se confirma con costas el auto apelado de foja sesenta y una. Salisfechas las de la instancia y repuestos los sellos devuélvanse, 3. 1. GOROSTIAGA. — 3. DOMINGUEZ, —
ULADISLAO FRIAS. — S, M. LASPIUR.
— E". —

CAUNA LXXNY
Fapia hermanos contra el Banco de la Provincia de Huenos dires, sobre yestion de derechos.

Sumario. — 1° Cuando en una tercería de mejor derecho se manda entregar al ejecutado la suma embargada bajo fianza de devolverla al tercerista sí los demas bienes del deudor eje

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Año: 1882, CSJN Fallos: 24:363 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-24/pagina-363

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