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Fallos: 239:235 de la CSJN Argentina - Año: 1957

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 235 DiCTAMEN DEL Procuranor GENERAL Suprema Corte: " La presente contienda de competencia entre el señor Juez de Instrucción Militar n° 3, del Comando en Jefe de la Fuerza Aérea Argentina, y el señor Juez Nacional de Primera Instancia en lo Penal Especial de la Capital se ha suscitado con motivo de un acci dente de tránsito acaecido el 16 de agosto de 1955 en la intersección de las Avdas. Pueyrredón y Libertador General San Martín, de esta Ciudad, y en el que resultó lesionada una persona.

Las actuaciones sumariales realizadas en ambas jurisdiccio nes acreditan que el hecho ocurrió en circunstancias en que el soldado conseripto Jesús Héctor Goñi guiaba un automóvil perteneciente al Comando Aéreo de Combate del Ministerio de Aeronúutica, en cumplimiento de una comisión del servicio militar, consistente en trasizdar personal que cumplía órdenes de vuelo.

El conocimiento de la causa corresponde pues a la justicia enstrense, ya que se trata de la investigación de un delito común, pero cometido por un militar en acto del servicio militar de armas arts. 878 y 879, ine. 39, del Código de Justicia Militar), y que encuadra, por tanto, en la prescripción del art. 108, inc. ?°, del mismo Código, tal como V. E. lo ha declarado recientemente in re "Blatter Alberto" (C. 145, L. XIII).

Corresponde, pues, resolver la contienda en favor del señor Juez de Instrucción Militar. — Buenos Aires, 11 de noviembre de 1957. — Sebastián Soler.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 15 de noviembre de 1957.

Autos y vistos:

De acuerdo con lo dictaminado por el Sr. Procurador General y con lo resuelto por esta Corte Suprema en el caso que cita — causa €. 145, fallada el 30 de octubre ppdo.— se declara que corresponde al Sr. Juez de Instrucción Militar conocer de la causa instruida a Jesús Héctor Goñi por lesiones, con motivo del accidente de tránsito ocurrido en esta ciudad el día 16 de agosto de 1956. Remítansele estos autos y hugase saber en la forma de estilo al Sr. Juez Nacional en ¡o Penal Especial de la

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Año: 1957, CSJN Fallos: 239:235 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-239/pagina-235

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