En las primeras declaraciones del jefe de la Revolución aparece, por lo demás, ineguívoco y explícito, que entre las causas inmediatas de ella figuraba lo que la proclama dirigida nl país, al día siguiente de iniciarse el movimiento, calificó de "auge de la corrupción", Decía la prochama : °° Con el pretexto de afianzar los postulados de una justicia social que nadie disente, porque en la hora presente es el anhelo común de todos los argentinos, ha aniquilado (el dietudor) los derechos y garantías de la Constitución y suprimido el orden jurídico por su voluntad avasalladora y despútica", "Esta opresión innoble sólo ha servido para el auge de la corrupción y para la destrucción de la cultura y de la economía, de todo lo enal es símbolo tremendo el incendio de los templos y los suerosantos archivos de la patriz; el avasallamiento de los jueces, la reducción de la Universidad a una burocracia deshotesta y la trágica enerucijada que compromete el porvenir de la República contra la entrega de sus fuentes de riqueza" (diario "La Nación", 23 de setiembre de 1955, p, 1). El 21 de setiembre, el General Lonardi dirigió desde Córdoba un comunicado a las Fuerzas armadas, y dejó en él elaramente establecido que "la revolución no se hizo sólo contra el General Perón, sino contra su sistema de gobierno" (diario cit, p. 2, col. 3), No puede válidamente disrutirse, por tanto, el derceho de la revolución para investigar y reparar los abusos cometidos durante el régimen anterior, El decreto-ley impugnado por el recurrente no está desvinculado de los fines inmediatos de la revolución, sino, al contrario, en estrecha conexión con ellos, Así ha podido decir ese decreto, en sus fundamentos, "que no de los fines determinantes de la Revolución Nueional Libertadora es el de restituir a la Nación todos los bienes, materiales e inmateriales, de que fué desposcida por el rézimen depuesto", y "que es an principio del gobierno republicano y an imperativo de la Revolución Nueonal Libertadora la responsabilidad de los funcionarios, empleados púlllicos, cuyo enriquecimiento injustificado, así como el de sas cómplices, es conducta reprobable, desdorosa y prohihida, que impone la obligación natural de devolver los bienes mal habidos al patrimonio del Estado", Dos días antes de este deereto, las directivas Básicas del Gobierno Provisional, dietadas el 7 de diciembre de 1955, habían establecido como umo de los puntos del programa a desarrollar para el enmplimiento de los fines de la Revolución, el de "Restablecer la austeridad republicana en todos los órdenes de la vida pública y procesar a todos aquellos que hubieran cometido delitos" (apartado e), Es verdad que para lograr tales fines, el decreto citado eren un tribunal de primera insianeia que no es ninguno de los ordi
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Año: 1957, CSJN Fallos: 238:126
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