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Fallos: 237:695 de la CSJN Argentina - Año: 1957

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JOSE M. GARCIA v, E. C, DE WITT Y CLA, LTDA.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias.

Es arbitraria, lesiva del derecho de propiedad y debe ser dejada sin efecto, la sentencia de la cómara que declara «que, en los casos en que un convenio colectivo referente a la industria del principal, no contemple la actividad específica del empleado, debe aplicarse la convención relativa a ese trabajo específico, agregando que es injusta la falta de amparo al trabajador en esos easos, si para llegar a tal conclusión el fallo no cita en su apoyo texto legal alguno y hace eanso omiso de los invocados por el demandado —arts.

1161, 1195 y 1199 del Código Civil y arts, 3, 8 y 9 de la ley 14,250— para sostener que el convenio aplicado le era extraño. :

DicTAMEN DEL Procrranor CTENERAL Suprema Corte:

Ha sido causa de este pleito el distinto alcance que los litigantes atribuyen a un contrato colectivo de trabajo, pues en tanto el actor persigue el cobro de diferencias de remuneraciones provenientes de la aplicación del convenio 1" 108 para empleados de comercio, la parte contraria se opone al reclamo por entender que esa convención no la obliga.

Los antecedentes del caso son los que siguen: el actor se desempeña en el interior del país como vendedor viajante de la demandada —un Inboratorio dedicado a la producción de especialidades medicinales— la cual, por intermedio de la asociación de empleadores representativa de su actividad, celebró en el año 1950 el convenio n° 270 (v. expediente agregado 1? 236.188), destinado a regir las relaciones entre ese tipo de empresas y sus respectivos personales. Dicho convenio contempló la situación de los corredores pero limitó la aplicación de la elánsula correspondiente a un radio

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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:695 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-237/pagina-695

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