del Reglamento para la Justicia Nacional, se resuelve:
1) Aplicar una multa de quinientos pesos moneda nacional al Sr, Juez Nacional de Comodoro Rivadavia Dr. Nicolás Manuel Olmedo, teniéndose presente la limitación que respeeto de las sanciones de que son pasibles los magistrados establece el ap. 3 del art, 17 de la ley 13.998, h) Reservar las actuaciones a fin de pasarlas oportunamente, y a los efectos que puedan corresponder, a los organismos que deban entender en el enjuiciamiento de los magistrados conforme al procedimiento que al respecto se establezea, €) Aplicar a los Sres. Procurador Fiscal Dr, Martín José Amallo' y Defensor de Pobres, Tnenpaces y Ausentes Dr. Manuel Weschler, suspensión por 30 y 15 días, respectivamente, sin perjuicio del desempeño de sus funciones, d) Apercibir al Oficial Primero Sr. Ernesto Fontora, .
ALmmeDo Oucaz — Maxver J.
Ancañanís — Exnigre V.
Garza — Carros Hennens — BesJamíx VirLeGas BASAviL
BASO,
NACION ARGENTINA v. EZRA TEUBAL Y CIA
RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia, Generalidades, Si la demandada, en el escrito de responde, no solicitó otra indemnización que la resultante del valor de la cosa expropiada, es extemporáneo el pedido de resareimiento de otros daños que formula en el memorial presentado ante la Corte.
Tampoco proeede considerar la pretensión de que la indemnización se eleve a lo reclamado en la contestación a la
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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:690
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