NICOLAS OLMEDO Y OTROS
MEDIDAS DISCIPLINARIAS.
En atención a las faltas cometidas por un juez nacional durante la tramitación de un juicio sucesorio, consistentes en haber regulado los honorarios del Procurador Fiscal en una suma excesiva, dendo luego trámite al Lredido de cheque sin que la regule ción hubiera sido notifieada al subrorante; en designar depositario de los automotores del causante a un empleado del juzgado y en haber permitido el trámite inusitado de un pedido de extracción de fondos, corresponde que la Corte Suprema, teniendo en cuenta la limitación establecida en el art. 17, ap. 37, de la ley 13.998, le aplique una multa de quinientos pesos moneda nacional.
Las actuaciones deberán reservarse para pasarlas, oportunamente y a sus efectos, a los organismos que deban entender en el enjuiciamiento de los magistrados,
MEDIDAS DISCIPLINARTAS.
Corres le aplicar suspensión por treinta días al Proeurador Fiscal que, actuando como representante del Consejo Nacional de Educación en los autos de una herencia reputada vacante, no se ajustó, en la estimación de sus honorarios a la moderación y prudencia debidas y solicitó y obtuvo la fijación de los mismos por un procedimiento irregular, percibiendo así una suma enantiosa, que no estaba de acuerdo con el mérito de la actuación cumplida.
Al Defensor de Pobres, Ineapaces y Ausentes que, actuan do como Prosurador Fiscal subrogante, omitió interponer recurso de apelación contra la regulación antes mencionada y consintió otros procedimientos irregulares, debe imponersele suspensión por quínee días, En ambos censos, sin perjuicio del desempeño de las funciones, Corvaqondte, finalmente, apercibir al oficial primero del juzgado que aceptó el cargo de depositario de los automóviles del entusante y utilizó uno de ellos con fines partienlares,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 20 de mayo de 1957, Vistos los autos: "Gallárt Berdier Julio, Juez Nacional de la Cámara de Apelaciones de Comodoro Ri
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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:684
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