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Fallos: 237:688 de la CSJN Argentina - Año: 1957

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Eo es FALLOS DE LA CORTE SUPREMA latorio a favor de los Dres. Amallo y Méndez Caldeira, sin que la salvedad que se realiza al final aclare cuál fué en realidad la fecha en cuestión, y la designación a fs, 69 como depositario de los antomóviles del enusante recaída en el oficial primero del Juzgado Sr. Ernesto Fontora, no obstante existir administrador judicial de los bienes sucesorios nombrado a fs. 15 vta., administrador a quien ya se había hecho entrega de aquéllos. Con respecto a este último hecho, cabe agregar que según se reconoce a fs, 20 vía. y 28 vía. del sumario, el vehículo de que se hizo cargo el depositario fué utilizado; y que no obstante las explienciones suministradas no se justifica que los jueces designen depositarios de los bienes sucesorios a empleados del tribunal, por las responsabilidades en que podrían incureir en aquel earácter y por la conveniencia de mantener a todos los funcionarios y empleados en un plano de prescindencia con respeeto a los asuntos que se ventilan ante el juzgado.

Que de lo expuesto se deduce que el Sr. Juez Nacional de Comodoro Rivadavia, Dr. Nicolás Manuel Olmedo, al haber practicado la regulación de honorarios de fs. 164 vta. en las condiciones precedentemente expuestas y sin hacer conocer la estimación a las partes, apartándose así de las normas de moderación y prudencia que debieron presidirla, atentas las partienlnridades del caso, y con una fecha que no puede estableeerse a ciencia cierta; al haber dado trámite al pedido de cheque de fs. 177 vta. sin que dicha regulación hmbiera sido notificada al Sr, Fiscal subrogante; al designar depositario de los automotores del enusante a un empleado del juzgado; al haber permitido el trámite inusitado del pedido de extracción de fondos de fs. 2053, ha incurrido en faltas que deben sancionarse teniendo en cuenta la importancia de las mismas, Que el Sr. Procurador Fiscal, Dr. Martín José

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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:688 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-237/pagina-688

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