DICTAMEN DEL ProcenanoR GENERAL
Suprema Corte:
En el recurso extraordinario interpnesto if. 77, el recurrente se agravia por considerar que el Fallo apelado ha imenrrido en arbitrariedad al confirmar la reso lución del Instituto Nacional de Previsión Social, en enanto éste declara incluídas dentro del réximen jubila terio del decreto 21,665 44 a Tas eenominndas °°bailarinas de cabaret"? o °bailurinas de pista", y obliga al recurrente a efectuar los pertinentes aportes por los con juntos orquestales que han trabajado en su estableeimiento, Con respecto al primer agravio, considero de apli cación al
Buenos Aires, 1:3 de agosto de 1956.
Vistos los antos: ° Comba Luciano A, e, Instituto Nacional de Previsión Social s.- inemnplimiento decreto ley 31665 44", en los que a Es, 83 se ha concedido el recurso extraordinario.
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Año: 1956, CSJN Fallos: 235:637
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