importa un proceso de elaboración, que cambia el estado na tural del cuero.
En mi opinión bastará recordar las etapas que comporta tal operación para inferir que una vez sometidos los cueros a dicho procedimiento dejan de encontrarse en estado natural, En efecto, hizo notar este Tribunal en su sentencia de fecha 28 de octubre de 1949 que el piekelado de los eucros lanares consiste en la sumersión de los cueros en una solución de salmuera ácida (euidando que no sea my dedo para que no destruya el cuero). A este efecto es conveniente practicar el análisis químico Meriomente, pura la corrección correspondiente de su graduación exacta (24 grados Baumé).
La salmuera ácida se prepara en recipientes cilíndricos rotativos de madera, provistos en su interior de un juego de paletas movibles por un eje centrai. En ellos los cueros permanecen dos horas en continuo movimiento y luego veintidós horas más o menos de reposo.
El ácido sulfúrico se emplea To neutralizar la acción de hongos fermentados que puedan r la integridad del cuero y la sal por su acción conservadora.
La cidulación de los cueros tiene también por objeto darle mayor brillantez y hacer desaparecer las manchas de hierro que pueda tener el cuero al ser curtido.
Para preparar la salmuera ácida se emplea hoy día el ácido sulfúrico en primer lugar por su bajo precio y además porque a e Ie o produee en los cueros es perfecta.
El ácido sulfúrico se prepara una solución fría de una fuerza de medio por ciento de peso, o lo que es lo mismo, a cada 100 kilos de cuero se agrega medio litro de ácido sulfúrico mu quince kilos de eloruro de sodio y agua en cantidad suiciente, Después de acidulados los cueros se deben "endulzar"" lavándolos con agua concienzudamente, a fin de retirar el úcido sulfúrico que queda en ellos. El agua que se emplea debe estar a una temperatura de cuarenta y cinco grados centígrados.
En cuanto al peritaje agregado a los presentes autos, si bien en algunos puntos pareciera favorecer la tesis propugnada por la actora, sin embargo encuentro en dicho dictamen elementos corroborantes de la decisión adoptada en casos anteriores por esta Sala.
Es así como al referirse a la pregunta 7° del cuestionario de la demandada, los peritos expresan : °°Por las enusas señaladas al eontestar la presa quinta del cuestionario propuesto por la actora y por as mencionadas al deseribir las operaciones de piekelado y las que previamente a éste se realizan, las pieles o cueros ovinos sometidos a estos procedimientos no conservan .
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Año: 1956, CSJN Fallos: 234:542
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