troducida al expresar agravios, cuando pudo y debió serlo en primera instancia pues era previsible desde la presentación de la demanda (1).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas extrañas al juicio. Disposiciones constitucionales, Mo procede el recurso extraordinario, fundado en la violación de la igualdad por la existencia de pronunciamien.
tos contradictorios en materia laboral, si la sentencia recnrrida fué dictada por la cámara de apelaciones respectiva y la que sé señala como precedente contradictorio lo fué por un juez de 1° instancia, cuyo fallo quedó firme por er intpelalte ante aquélla en razón del monto del juicio (°).
PASCASIO BUSTOS v. S. A. BODEGAS Y VIÑEDOS GIOL
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Rélación directa. Normas extrañas al juicio. Disposiciones constitucionales.
El art. 38 de la Constitución Nacional es ajeno a la cuestión relativa a si se halla o no preseripta la acción para reclamar indemnización por falta de preaviso, resuelta por el tribmnal de la causa interpretando las normas de , derecho común aplicables al caso.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas extrañas al juicio, Disposiciones constitucionales, Es improcedente, por falta de relación directa, el recurso het ei fundado en la — violación de la igualdad y de la uniformidad de la egiaión comia pariente tir, según el recurrente, contradicción entre el que considera inaplicable la prescripción de los arts. 846 y 847 del Código de Comercio respecto de la acción sobre cobro de indemnización por falta de preaviso, y la ¿prepa dencia de la Corte Suprema según la cual la suma que — (1) 18 de julio, Fallos: 2927, 710; 229, 366, 3) Fallos: 227, 413.
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Año: 1955, CSJN Fallos: 232:265
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