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Fallos: 232:253 de la CSJN Argentina - Año: 1955

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Sr. Procurador General y la doctrina de Fallos: 223, 206 respecto del estado de guerra y los citados en cuanto a lo demás, se confirma la sentencia de fs. 24, en lo que ha podido ser materia del recurso extraordinario interpuesto a fs. 25.

Ronorro G. VALENZUELa — FELIPE SANTIAGO Pérez — Ati
LIO PessaeNo — Luis R.
LoncHt.


S. R. L. TAILHADE
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Exclusión de las cuestiones de hecho. Impuestos y tasas.

No procede el recurso extraordinario contra la sentencia que, con fundamento en los hechos de la causa y en las pryebas producidas, exime a un contribuyente de las multas que le fueron aplicadas haber omitido la deelaraTT NL e gravadas con impuestos internos, en virtud de haberse demostrado que no medió mala fe de aquél ni evidente trasgresión a la ley respectiva (1).

ALEJANDRO VOLPE
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Sentencias con fundamentos no federales, o federales consentidos. Fundamentos de hecho, No procede el recurso extraordinario contra la sentencia que otorga la carta de ciudadanía a un extranjero no obstante registrar una condena condicional por lesiones, ya 1) 14 de julio. Fallos: 211, 1173; 220, 1455,

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Año: 1955, CSJN Fallos: 232:253 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-232/pagina-253

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