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Fallos: 231:185 de la CSJN Argentina - Año: 1955

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SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL
Santiago del Estero, 4 de marzo de 1954, Y vistos: Estos autos caratulados: "Procurador Fiscal contra Elena Reyes de Navarro Loveira sobre expropiación", exp. n° 388.948, de los que resulta:

a) Que a fs, 2 se presenta el Señor Procurador Fiscal, Dr. Roberto A. Rojas, en representación del Estado Nacional Argentino y expresa: Que por resolución del Ministerio de Obras Públicas de la Nación n° 2569/48, se declaran comprendidos en la declaración de utilidad pública determinada por el art. 3° de la Ley 12.966 de financiación del Plan Quinquenal, varios terrenos ubicados en el ejido municipal de esta ciudad y destinados a la construcción de viviendas populares, en la distribución provisional de créditos del Plan de Gobierno para obras de 1947/51, determinado por el art. 7° del Decreto n° 35.613/47 del 13 de noviembre de 1947; resolución que ha sido ratificada por Decreto 15.586/48. Que por ello y procediendo de conformidad con instrueciones recibidas inicia juicio de expropiación contra la Señora Elena Reyes de Navarro Loveira, de un terreno ubicado en esta ciudad. de una extensión de 9 Has., 3.719 mts?, o lo que resulte dentro de los siguientes linderos: Norte: calle Lamadrid; Este: Avenida Belgrano; Sud: calle Soler y al Oeste, calle Santa Fe, exceptuándose de la expropiación un terreno y casa incluídos en los linderos mencionados que son de propiedad del Fisco Provincial y cuya superficie no está involuerada en la anunciada. Agrega que su mandante ha depositado en el Banco de la Nación Argentina la cantidad de $ 46.800 m/n., importe de la avaluación fiscal a los efectos del pago de la Contribución Territorial, más un 20, suma ésta que concluye solicitando se fije en definitiva como precio único y total de la expropiación, con costas en caso de oposición.

b) Que a fs. 7 consta la toma de posesión por parte del Estado Nacional Argentino en la persona designada al efecto, del inmueble objeto de este juicio lo que se efectuó con fecha 7 de junio de 1948, e) Que a fs, 21 el citado Procurador Fiscal se presenta ampliando la demanda conforme a instrucciones recibidas en el sentido de hacer extensiva la expropiación a la fracción de terreno incluída dentro de los linderos del inmueble expropiado y que en su escrito de fs. 2 manifestó quedar excluída de la expropiación por ser de propiedad del fisco provincial,

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Año: 1955, CSJN Fallos: 231:185 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-231/pagina-185

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