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Fallos: 230:72 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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Primera fracción sobre la calle Urquiza, entre Corrientes y San Martín a razón de $ 200 el mi (2317990) .......e....vcacaec.. ÓN. 46.347,80 Segunda fracción sobre la calle Corrientes entre Andrés Pazos y Urquiza a $ 60 el m.? 192,6261) .............eenreonecerees y 15.410,18 Tereera fracción sobre calle Andrés Pazos entre Corrientes y San Martín a $ 50 el m? 197/8132) cencoucanóó canes rea. " 9.890,66 Todo lo que hace un total de ........ mén. 71.648,64 Por tanto, fallo: Condenando a la Municipalidad de Paraná A pagar al Superior Gobierno de la Nación, dentro del tírmino de 10 días, después de quedar firme la presente, la suma de mgn. 71.648,64 en concepto de valor de la tierra, con mús los intereses que correspondan a estilo de los que cobra el Banco de la Nación Argentina. Con costas. — Juan P Cartosio.


SENTENCIA DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES
Paraná, 24 de diciembre de 1952, Reunidos en la Sala de Acuerdos de la Exema. Cámara Nacional de Apelaciones los Sres. miembros de la misma, a saber: Presidente Dr, Eduardo J, Navarro y Vocales Dres.

José Franeisco Llórens y Enrique Carbó Funes, a los fines de considerar el expediente caratulado: "Procurador Fiscal e/ Municipalidad de Paraná — demanda ordinaria", procedente del Juzgado Nacional de Ira. Instancia y los recursos de apelación interpuestos a fs, 317 y 318, concedidos a fs. 317 vta. y 315, respectivamente, contra la sentencia de fs. 309 a 316, se someten a estudio las siguientes cuestiones:

1) ¿Existe nulidad? 2) Caso negativo, ¿se ajusta a derecho la sentencia en recurso | 3) ¿Que pronunciamiento corresponde sobre las costas? i A la primera sesión, el peo Dr. — que en el sorteo praeticado le correspondió emitir su opi n en primer término dijo: Sostiene la defensa de la parto demandada que la sentencia en recurso adolece de nulidad en razón de que

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Año: 1954, CSJN Fallos: 230:72 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-230/pagina-72

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