CAUSA LXIX
Sueursal del Banca Nacional de Salta con D. Manuel S. Sosa, por cobro de pesos Sumario. —1° El cambio de las diferentes monedas que tienen curso en la República no está fijado de una manera invariable por ninguna ley.
2 Las interesados pueden establecer el cambio que ha de servir de base en sus transacciones, no pudiendo alterarse una vez establecido sinó por mútuo consentimiento, 3" El endosatario no tiene mas derechos que los que el endosante ha podido transferirle por medio del endoso.
Cuiso. — D. Nicolás Arias, Gerente de la Sucursal del Banco Nacional en Salta espuso, que por la letra que adjuntaba, D).
Manuel S, Sosa y D. Abel (rtiz contrajeron obligacion de pagar ú la Aduana Nacional el 5 de Enero de 1880 la suma de cuntrocientos diez y nueve pesos cuarenta y cuatro centavos fuertes en billetes de curso legal, y dicha letra fué endosada 4 favor del Banco Nacional; que al vencimiento de la letra D, Manuel 6, Sosa se negó á hacer el pago íntegro con arreglo al cambio en la ferha del vencimiento ; que siendo la moneda que en dicha letra se fija, pesos /uertes en billetes de curso yal, especio que no existia en Salta, cl esponente redujo, con arre
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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:352
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