sobre un tercero adquirente de buena fé y 4 título oneroso, — Y pues que tan natural era suponer esa posible enajenacion como no es comprensible que no tuviese conocimiento oportuno de una venta conocida por los vecinos y que debió ser precedida de estipulaciones y revestir un carácter público ante las autoridades territoriales ; tardando como se ha dicho cuatro y medio meses despues de ella para iniciar su cobro y pedir el embargo preventivo, 6" Que si dadas tales circunstancias pudiendo ser todavia ° hastacierto punto atenuable la solicitud del embargo preventivo obtenido bajo su responsabilidad no lo es el definitivo que sobre los mismos animales solicitó muy posteriormente en Abril 14, cuando ya le era perfectamente conocida por documentos y pruebas fehacientes esa enajenacion, debiéndoles ser imputables sus consecuencias, habiéndose rehusado sin motivos justificados á un advenimiento racional y equitativo á que fué invitada por el Juzgado, 7" Que les artículos 9 y 10 y especialmente el 11 del libro 4°, seccion 9, título 1, en que apoya su accion la compañía son improducentes por estas razones:
1° Porque refiriéndose el convenio al privilegio del locador sobre todos los bienes muebles que se encuentran en la casa no puede reputarse que se estiende á los que no se encuentran en ella ó en el fundo al deducirse la accion; habiéndose embargado un mes despues en poder estraño, y por un embargo preventivo, que caducó, siendo nuevamente embargados permanentemente despues de cuatro y medio meses de la extraccion legítima ; 2° Porque sí bien los semovientes, en sentido general, aparte de ciertas escepciones deben reputarse como muebles, cosa alguna bay en nuestro derecho vigente en dichos artículos ni menos en su notas ilustrativas, que haga suponer que la mento del legislador fuese la de abarcar en ese privilegio d los ga
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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:335
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