FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de setiembre de 1954, Vistos los autos: °°Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Martínez, Germán y otros €/ Elías Homero y Cía. — Tienda San Miguel S. R.
1", para decidir sobre su procedencia.
Considerando :
Que la jurisprudencia que requiere que la sentencia de primera instancia, confirmada por la recurrida ante esta Corte, haya sido impugnada de arbitrariedad para la procedencia del recurso extraordinario fundado en esa circunstancia, no impide en el caso el otorgamiento de In apelación.Ocurre en efecto, que la exigencia del oportuno planteamiento de la pertinente cuestión federal no importa In imposición del empleo de términos sacramentales —Fallos: 214, 294 y otros—.
Y en los antos, como bien lo destaca el Sr, Procurador General se han alegado —fs. 339— omisiones que configurarían, en caso de existir, la arbitrariedad en que se hasa el recurso de fs. 411 —Fallos: 207, 72; 217, ; 986 y otros—.
Que tampoco es óbice al recurso la cireumstancia mencionada a fs, 37, dadas las reservas explícitas formuladas en los escritos de que se acompaña testimonio —Doetr, Fallos: 193, 408 y otros—.
Que con arreglo a la jurisprudencia de esta Corte —Fallos: 228, 161 y 279 y otros— la omisión de considerar y decidir puntos comprendidos en el pleito y conducentes a su solución, destituye de fundamento a la sentencia apelada y la hace susceptible de recurso ante esta Corte,
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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:875
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