tanto nacional como extranjera, de la que eitaremos algunos ejemplos tomados al azar de la eran eontidad de autores que e han ocupado del tema: Enxtero Kuortoscius : Instituciones Mt Derecho del Trabajo, tomo E. pág. 361: "La participación en los beneficios no otorga. en principio, ningún derecho relativo a la dirección de la empresa (Of. Cód. de Com. art, 310).
En relación con el examen de libros, son aplicables las reglas ya referidas sobre comisiones, es decir, existe el derecho a que se enmunique el balance del ejereieio y que se permita la inspeeción de la contabilidad en cuanto es imprescindible para fisenlizarlo", Parr. Dra»: Trate de Droit du Trarail, tomo 1, pú, 692; "°L'employeur no dispase eependant pas d'nn ponvoir diseretionnaire, car il DE peut réduire frauduleusement le ehiffre de sa participation par des dóductions exeesives, Lo salarió a le droit de eritiqner Vétablissenrent du bilan, til pronve «un élóment a ¿tó introduit fraudulensement dans le passif pour Fausser sa participation et pour rendre sa quote-part ilu soire ou nulle, Un controle sur le bilan est done institué", LUISA IVA SANSEVERINO : Diritto del Laroro (5 ed), pús.
159: °° A questo proposito sorge la questione se ¡l lavoratore retribuito in tutto o in parte con participazione agli utili, venga ad aver diritto ad un controlo sulleservizio dell impresa. Se tale uestione va, in linea dí massima e allo stato attuale del nostro ordinamento, risolta in senso negativo, si pue ammettere, sopratutto quando si tratta di lavoratori retribuiti prevalentemente 0 integralmente con participazione agli utili, il diritto a dis entere i risultati dell 'esercizio dell impresa quando essi, per colpa delimprenditore e di suoi rappresentanti resultino lesivi i legittimi interessi dei prestatori_d'opero, Cosi pure, ai fini di eventuali controlli sulla regolaritá formale e sostanziale dei colpa dellimprenditore e di suoi rappresentanti resultino lesivi rendiconti e dei bilanei, i lavoratori interessati_possono al ri2uardo; in _particolare possono provare la falsitá o Verrore di dati inclusi nel bilaneio, anehe thiedendo Tesibizione delle varie contabilitá", ete. ete, También la jurisprudencia se ha orientado en el mismo sentido.
Que, en consecuencia, de todo lo expuesto se deduce que la facultad de impugnación de los balances, que la demandada les niega a los netores, es un dereeho de éstos, Corresponde, ahora, pues, examinar si la impuenación hecha en este caso [2] 0 no valedera, €) _ Sobre la reserva estraoridinaria dispuesta: Que la demandada ha argumentado la necesidad de efectuar la reserva estraordinaria de 8 1.500.000 al finalizar el ejereicio de 1952, fundándose en la situación económica de la empresa que ha
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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:865
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