MARCELINO MARIO HERNANDEZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestión je R deral. Cuestiones federales simples, Interpretación de las leyes federales, Es procedente el recurso extraordinario contra la sentensine desconoce el derecho fundado en la ley federal 575. :
JUBILACION Y PENSION,
Los directores de una sociedad anónima que, además de las funciones de su eargo, desempeñan tareas administrativas ¿ereiiendo remuneración por este concepto, son empleados ella y deben efectuar aportes al Instituto Nacional de Previsión Social por el hecho de trabajar como empleados, y con total prescindencia del lugar que ocupen en la sociedad como socios o miembros del direetorio, JUBILACIÓN DE EMPLEADOS BANCARIOS: Suspensión de los beneficios, Habiéndose demostrado e. k enusa que a dentes - una empresa bancaria, ya jubi como empleado, no mpeñaba funciones de tal mi percibía sueldo, en la inteligencia que atribuye a ambos conceptos la ley 11.575, corresponde revocar la decisión del Instituto Nacional de Previsión Soeial que, fundada en la incompatibilidad prevista por el art. 69 de die'a ley, dispuso suspender el pago de los haberes jubilatorios al interesado e intimarle la devolución de los ya percibidos, RESOLUCIÓN DE LA JUNTA SECCIONAL, DE LA Ley 11,575 Adoptada por el Directorio del Instituto Nacional de Previsión Social Sala de la Junta, 11 de octubre de 1951.
Estudiadas las presentes actuaciones, atento lo diectaminado por la Asesoría Letrada y las constancias agregadas, esta Junta Seccional como mejor informe, somete a consideración del Direetorio el siguiente proyecto de resolución :
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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:841
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