FALLO DE La CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 15 de julio de 1954.
Vistos los antos: " Attias Alberto — hábeas corpus", en los que a fs, 20 se ha eoncedido el reenrso extraordinario, Considerando :
Que con motivo de ma gestión análoga a la presente que promoviera el esposo de la recurrente actual, esta Corte Suprema ha tenido oportunidad de pronunciarse por vía de recurso extraordinario, en decisión que se registra en Fallos: 223,206, examinando la lesitimidad de la orden de detención que respecto del nombrado impartiera el Poder Ejecutivo en ejercicio de las facultades inherentes al estado de guerra interno aprobado por ley 14.062, así como aeerea de la inemnstitacionalidad de la medida mencionada, Que el petitorio coneretado en los puntos 19, 2? y 37 del escrito de fs, 28 (fs, 35) persigue, en definitiva, una resolución contraria a la adoptada en el antecederite aludido, sin que nada lo justifique, desde que no median hechos nuevos y distintos de los que se invoenron entonces y a que se alude en la interposición de fs, 1, Por estos fandamentos se confirma el fallo apelado de fs. 15, en enanto ha podido ser materia del recurso extraordinario concedido a fs, 20, Ronorro G. VaLeszvELa — FeLIPE SANTIAGO Pérez — Att L10 Pessacxo — Luis R. Lo
GHI,
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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:336
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