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Fallos: 229:331 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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1,50 sobre el importe de enda orden de pago a los contratistas. El art. 6 estableve que, si por enusas no imputables al Club, las obras no se iniciasen o fnesen suspendidas durante seis o más meses, el arquitecto tendrá derecho de requerir la liquidación y el pago de tados los servicios prestados, a enyo efecto el honor rio total convenido será snbdividido en la siguiente forma: planos eompletos 0,75, pliego de condiciones 0,25, presupuesto 0,25 planos de detalles 0,75, dirección y liquidación de las obras 1. En el art, 7 se conviene en que, como los pagos que hayan de hacerse en enmplimiento del contrato serán con fondos de la ley 11.064 y conforme con el deeroto de 9 de mosto de 1921, el Club se obliga a praeticar, con la antiei pación correspondiente, las gestiones necesarias ante el Ministerio de Obras Públicas con el fin de que esos fondos estén disponibles en su oportunidad (fs. 207).

Que a fs, 272 figura una carta del actor dirigida el Presidente del Club con feeha 19 de agosto de 1925 en la que se dice: ,..con el objeto de recordarte que el contrato de locación de serviejos que oportanamente suseribiera venció el 15 de julio de 192), fecha en In cual debía haber dado término a la entrega de los planos completos y de detalles, pliegos de condiciones y presupuestos para el lnmado a licitación de todas las secciones que componen el nuevo Campo de Deportes del Club de Ginmasia y Esgrima"; y ngroga: "han trameurrido dos años desde ese fecha y, por razones ajenas a mi buena voluntad no he podido dar término a la totalidad del trabajo encomendado, ,.". "Este hecho no ha perjudicado mayormente al Club presto que la construeción de las secciones está supeditada al traslado del Tiro Federal", Solicitado, por el Club, nn informe al Jefe Inspector de las obras de la ley 11.064 sobre la earta del arquitecto Waldorp, contesta entender

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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:331 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-229/pagina-331

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