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Fallos: 229:294 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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con exclusión de otro de igual naturaleza, no da lugar ul recurso extraordinario (1).


MARIA DEL CARMEN LOPEZ DE ROUSSEUX
v. ESTHER ANA LOPEZ SAMBUCETTI Y OTRO

MANDATO,
La sola manifestación formulada al recibirse una cédula de notificación, en el trámite de apelación ante la Corte Suprema, de haber Aide al arcirado a quie iba dirigida, no ¿utites ni la de medidas de oficio ni la petición por quien recibió la cédula y es ajeno al juicio, de que se notifique al mandante en el domicilio real que denuncia (2),
ELSA ESPINDOLA DE MONTALBETTI v. VICTOR
HUGO MONTALBETTI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos.

Lo atinente a la interpretación del arancel para abogados y procuradores y en particular al monto de la enusa —o a la inexistencia de monto, en su caso— es cuestión propia de los jueves del litigio e irrevisible en instancia extraordinaria (°).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. .

La cireunstancia de que, en juicio por divorcio y separación de bienes, se haya regulado los honorarios en forma que importa desechar la tesis de que el pleito admitía apreciación peeuniaria, no sustenta el recurso extraordinario fundado en la tacha de arbitrariedad.

1) Fallos: 224, 973; 226, 573.

2) 5 de julio, 3) 5 de julio. Fallos: 226, 122 y 517.

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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:294 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-229/pagina-294

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