eomo finca 14,327 del t. 32, pero por el nombre de Martín Bosco, Félix Gabino y Marta María Ana Gómez Alzaga, el lote n° 2 del campo "San Luis" ubicado en distrito Potrero de eme Drs: Uruguay, compuesto de 75 Has. 4 ms cas.
gravámenes y embargos, informe que se completa a fs. 341 vta./342.
e) De fs. 56 a 76, Carlos Indalecio Gómez, por sus hijos menores Martín Bosco, Félix Gabino y Marta María Ana Gómez Alzaga, contesta la demanda. En el exordio expresa que enalquiera que sen el e mu obtenga el campo de dos menores, nunca será beneficioso que el no intentado esa acción expropiatoria. Entrando al fondo de la euestión, expresa que en el caso de autos, falta el requisito de Ja calificación por ley, de la utilidad pública; y haciendo jugar o AA - E a cional la ley, porque su apreci , propi rural de la Repúmti se encuentra implícitamente declarada de utilidad pública y sujeta a expropiación por el Consejo Agrario. En su apoyo cita a Birtsa, GoNzáLez CALDERÓN y varios fallos de la Corte Suprema Nacional. Agrega que se ha violado el art, 29 de la Constitución entonces vigente, por una delegación prohibida y duramente calificada. Cita luego opiniones de Senadores respecto al procedimiento en expropiaciones de fábricas de portland. Tacha, pues, de inconstitucional, el art. 14 de la citada ley, f) Expresa luego, que -_ falta de acción en el actor, pues el Consejo Agrario Nacional no existe como entidad autárquica descentralizada del Estado, con capacidad para Er Un guie. paa, por decreto 14050 del Si de mayo de 1946 se estableció (art. 1) que el Banco de la Nación Argentina, entidad autárquica del Estado, integra el sistema del Baneo Central de la blica y el art, 25 dispone que el Baneo de la Nación Argentina se hará cargo, dentro del régimen de la propia autarquía, de la aplicación de la ley 12.636, Expresa que ha desaparecido el Costeio Arrario Nacional. Opone por ello, como defensa, la excepción de falta de acción y de personería en el actor.
E) Pasa en seguida a e — la dede mibnidiarie:
mente por si no prosperaran las defensas incoadas, aclarando que o. fija en el rumbo que linda con más sapo den Laia Mucicado reegrves Jogicnt, Havre que Al compo ctá mebrs el propia elido de Cntieraveit. temiendo frente en toda su Te. al camine e COntTmidn del Ue, muay y que dista m. ualeguayehú y km. de Buenos Aires. Cita fallos sobre fijación valores uni
Compartir
52Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1954, CSJN Fallos: 229:153
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-229/pagina-153
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 229 en el número: 153 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos