extraordinaria de la Corte Suprema, y la excepción a tal principio admitida en los casos en que medie una euestión de constitucionalidad prima facie fundada, no procede sobre la base de otros puntos conducentes a la regulación, aún de haberse invocado el art. 113 del Reglamento para la Justicia Nacional y alegado la existencia de arbitrarie.
dad ('),
ROSA AMALIA DAIREAUX OCAMPO DE PEÑA
v. OSCAR LUIS PEÑA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva, Varias, Puesto que tanto lo referente al retiro del marido por orden judicial, en ocasión del art. 68 de la ley de matrimonio, como lo atinente a la tenencia provisoria de los hijos, no constituyen sentencias definitivas en los términos del art. 14 de la ley 46, no cabe a su respecto el recurso extraordinario fundado en la violación del art. 113 del Reglamento para la Justicia Nacional (9).
LUIS M. ROMERO
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia policial.
Por aplicación del art, 65, inc. 27, del Código de Procedimientos de la Justicia Policial Nacional, dicha justicia es competente para conocer en la causa seguida por sustraceión del revólver y las balas de que había sido provisto un marinero de la subprefectura del puerto, si no obstante la carencia de elementos que permitan individualizar al autor del hecho, existe presunción fundada de que lo ha sido 1) 18 de febrero, Fallos: 225, 502; 228, 517, 2) 18 de febrero, Fallos: 227, 289 y 431,
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Año: 1954, CSJN Fallos: 228:88
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