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Fallos: 228:743 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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ELEUTERIA MOLINA DE MARTINEZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Senteucia defimtiva, Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias, Lo referente a la procedencia de la prisión preventiva en los easos de delito de € atrabando previstos en el art. 7 de la ley 14.129 es una cuestión de índole meramente procesal y la resolución que la decide no constituye sentencia definitiva, por lo que no es susceptible de recurso extraordinario (°).
BERZ ZEYLICOVICH yv. EVA R. VDA. DE POLACK
Y OTROS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso, Fundamento, Es Aerec el recurso extraordinario que no se ha fund: al interponerlo en los términos que requiere el art. 15 de la ley 48 y la jurisprudencia de la Corte Suprema, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Relación directa. Normas extrañas al juicio. Disposiciones constitucionales, Ni la alegación de inconstitucionalidad del art. 31 de la ley 13.581, que carece de color de fundamento, ni la invocación de la garantía de trabajar y ejercer toda industria lícita y de los arts. 35, 38 y 39 de la Constitución Nacional, que son ajenos al punto de la inexistencia de prórroga "e So Jo cin sa los tupuestrs exceptuados materia, fundamentan el recurso pm RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Relación dírecta. Normas extrañas al juicio, Disposiciones constitucionales.

La alegación de que el art. 30 de la ley 13.581 al permitir el desalojo por reedificación que triplique la capacidad — (1) 27 de mayo, Fallos: 217, 48; 220, 1141; 229, 128,

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Año: 1954, CSJN Fallos: 228:743 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-228/pagina-743

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