pensable para resolver la micial diserepaneia de las partes con respecto al valor de los bienes, cenando los representantes de ellos en el organismo mencionado eoneverdarn entre sí y con los demás miembros de él —es deeir— que el Juez mantiene todas sus atribuciones para fijar el precio de aenerdo con las «lisposiciones legales en vigor, pero enando existe unanimidad sde sus componentes, inclusivo el de la parte expropiada, no abe en principio apartarse del precio fijado por el Tribunal de Tasaciones.
Que en el sublite no existe tal mmanimidad ya «pue del arta respectiva —ver fs. 3435 del expte, eitado— surge que la tasación efectuada lo fué por simple mayoría y con la dis vonformidad expresa del representante de los expropiados, Que, además, debe tenerse en cuenta que el presente jui ciu fué iniciado eon anterioridad a la vigeneia de la ley de expropinciones 13.264 y que para establecer el valor de la finea se aportaron diversos elementos de juicios tales ento el imforme de los peritos de ambas partes y del tereero designado de oficio por el Juzgado como así también diversos informes de reparticiones nacionales, entre otros el del Baneo Hipotecario Nacional de fs, 17, y del Tribunal de Tasaciones ya menvionado.
Que existen en los informes aludidos marcadas diferen cias. En efeeto:
a) El perito de la actora, estima el valor del metro cna«Irado de superficie del inmueble en cuestión, en la suma de $ 1500 m/n., por lo que el total de la tasación para los 164,79 m5 que el mismo tiene se eleva a la suma de $ 247.185 y en cuanto al edificio lo tasa en $ 52.531 que resultan de los 325,11 m3 de superficie enbierta a razón de $ 100 por unidad métrica (ver fs, 113/134 y 168170), bi El perito de los accionados, ha valuado el mismo terreno a razón de $ 4.000 el metro cuadrado aseendiendo así el total a la cantidad de $ 651.160 m/n. y el edificio en pesos 105.545.77 a razón de $ 199,72 el metro cuadrado (fs. 135/164), e) A sti vez, el perito tercero, atribuye a dicho terreno un valor de $ 3.000 el metro enadrado que hace el total de $ 494.470 mn. y la edificación en 6 103.615,19 que resulta del valor asignado al metro cuadrado de superficie a razón de $ 219,47 menos el 18 7 (fs, 171/1589), di Por su parte, el Tribunal de Tasaciones ha valuado el referido inmueble en un precio total de $ 424.991,97 del cual corresponden $ 34.303,38 al terreno a razón de $ 2.148,62 mn.
el metro cuadrado para los 164,92 m3 que dice el mismo tiene
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Año: 1954, CSJN Fallos: 228:444
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