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Fallos: 228:386 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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385 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA La el considerando 4, pelo que no obsta la inexistencia de suma líquida (C, S. N. : 189, 377).

y 4) e en «mante ales emsien, atento y Ya savia: alce L das, pedi y en definitiva fijadas y a lo que disponía el art. 18 de la ley 189 según la modificación determinada por el y art, 1' del decreto del Poder Ejecutivo 17.920/44 y que ha ratificado el art. 28 de la ley 13.264, ellas deben ser soportadas p por su orden y las comunes por mitad.

7) Que, finalmente, ningún pronunciamiento cabe hacer sobre la pertinencia de impuestos nacionales o provineiales que y graviten sobre la expropiación (fs. 75/77), no sólo porque no E ha sido materis oportuna de la litis (demanda de fs. 5/7 y F contestación de fs. 18/23 y 36/40) y en consecuencia sólo podría plantearse procesalmente cuando se exigiera su cobro, sino además porque tengo reiteradamente resuelto que en enalquier caso debe seguirse para dilucidar esta cuestión el L específico procedimiento que preven las leyes de la materia.

Por todo lo cual fallo: a) declarando expropiado —y transferido en consecuencia su dominio a favor del Banco Hipotey eario Nueional— el inmueble y sus mejoras de pertenencia de y Da. Mercedes Martina Sara Liliedal de Castillo, a que se hace referencia en los considerandos 1 a 3; b) fijando como valor de . — > - eje a uetor a por la tierra y me; n considerandos 2 y 3, a pagar previamente con deducción del depúsito de fs. 2, el de $ 1.114.097,89 m/n.; e) señalando la cantidad de $ 15,000 m/n, para que D. Ramón Zunino jure, dentro de ella, el monto de la indemnización por perjuicios probados pero no demostrados en su °° quantum" que debe satisfacerle el actor y a que se refiere el considerando 4; d) mandundo que el actor igualmente DE a la demantada A arrendatario » intereses en la especificada en emmidersado 52€) dire.

niendo que las costas del presente juicio se abonen por su y las comunes por mitad conforme al considerando 6). —— Benjamín A, M. Bambill,
SENTENCIA DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES
Eva Perón, 9 de setiembre de 1953.

Y vistos: estos autos B,5307 caratulados : "Banco Hipotecario Nacional e./ Castillo, Mercedes Martina Sara Liliedal de s/ exproniación: procedentes del Juzgado Nacional de Primera Instancia n° 1 de esta ciudad. A E

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Año: 1954, CSJN Fallos: 228:386 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-228/pagina-386

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