DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 7 ban, de modo que la influencia de l cláusula de comercio sobre la vida y el derecho americano sólo se ejerció de manera negativa, en el sentido de que casi todas sus aplicaciones comportaron una restricción puesta a las facultades de los Estados y no una consideración de aquello que era necesario y adecuado para que el Congreso ejerciera los poderes que le habían sido concedidos, el Tribunal —que declaró la constitucionalidad de la sanción impuesta al agricultor en cuestión—, sentó entre otros los siguientes principios: , 1") queel poder en materia de comercio no se limita en su ejercicio a la regulación del comercio entre los Estados. Se extiende a aquellas actividades internas que afecta de tal manera al comercio interestadual o al ejereicio de las facultades del Congreso sobre el mismo, que hacen de la regulación de ellas un medio adecuado para la consecución de un fin legítimo: el cumplimiento efectivo del poder concedido para regular el comercio interestadual... ln Facultad del Congreso sobre el comercio interestadual es plena y completa en sí misma, puede ser ejercitada en toda su amplitud y no reconoce más limitaciones que las prescriptas en la Constitución... Se sigue de ello que ninguna forma de la actividad estadual puede constitucionalmente oponerse al poder regulador concedido al Congreso por la clánsula sobre comercio.
De ahí que el alcance de ese poder se extiende a las actividades internas de los Estados que de una manera substancial se interpongan u obstruyan el ejercicio del poder concedido; 2?) que la materia objeto de la reglamentación de que se trata haya sido "producción", "consumo" o ""colocación en el mercado", parece, por lo tanto, de importanein a los fines de decidir el punto que se nos plantea, relativo a los poderes faderales. Que una actividad sea
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Año: 1953, CSJN Fallos: 227:657
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