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Fallos: 226:288 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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NICOLAS PETRONE v, MANUEL PORTO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Gravamen, Por ser indiferente para el locatario la supuesta preferencia que el art, 30 de la ley 13.581 otorgaría a los propietarios de mayor solvencia con respecto a los de menor capacidad económica a los efectos de obtener el desalojo io e ad a le manila vien e a en la igualdad que Tal situación eomportaría (').


DAMIAN GALVAN AGUILERA
PENA. ,
Denegada la Corte Suprema la ión de se dejaron Spas a aceia de retuión a a penado haber cumpl a A. se halla meriendo d dicha accesoria, DE otra vez la suspensión de dicha medida de seguridad. Ello sin perjuicio de examinar la posibilidad del otorgamiento de 1g libertad condicional prevista en el art. 53 del C, Penal, una vez que haya transeurrido el plazo de cumplimiento de la accesoria que establece dicho precepto.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Con fecha 20 de agosto de 1951 V. E. denegó la petición formulada por Damián Galván Aguilera en el sentido de que se dejara en suspenso la accesorin de reclusión que le fuera aplicada de acuerdo a lo dispuesto en el art, 52 del Código Penal ( 220:1189 ).

Como consecuencia de ello Galván Aguilera está cumpliendo desde el 6 de julio de 1951 —fecha en que cumplió la pena principal impuesta (ver fs, 2)— la accesoria de reclusión por tiempo indeterminado.

1) 23 de julio,

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Año: 1953, CSJN Fallos: 226:288 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-226/pagina-288

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