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Fallos: 226:254 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 13 de julio de 1953.

Autos y vistos: considernndo :

Que hasta la fecha de su traslado a la Capital Federal —11 de junio de 1949— D. Carlos Dorn se haHaba domiciliado en la Provincia de Córdoba, como lo reconocen las partes (fs. 33, 107, 129). Trátase de saber si, con motivo de ese traslado, el enusante en..ibió dicho domicilio de aquel Jugar a la Capital Federal, donde cuatro días después de su llegada falleció en el hospital en que se había internado para su euración, o si, por el contrario, mantuvo el mencionado anteriormente, Que en la cláusula primera del testamento por acto público heeho poco antes de su fallecimiento, el Sr. Dorn expresó que °° ha tenido su última residencia en In loenlidad de Mar Chiquita, Provincia de Córdoba, y a raíz de la enférmedad que netualmente padece es su firme voluntad trasladar su domicilio habitual n esta Capital y así lo declara" (fs. 3 del juicio testamentario inicia.

do en esta ciudad, expte. N" 4214), La intención requerida por los arts, 91, 92, 97 y concordantes del Código Civil, resulta clara y precisa en el sentido de haber abandono del domicilio que hasta entonces se tenía y establecimiento de uo mievo en el Jugar en que el enusante se hallaba residiendo en el momento de hacer la deelaración.

Conenorda, además, plenamente con las cirenmstancias de hecho nereditadas en antos, anteriores al traslado a esta Capital, En efecto; el abandono de la explotación del hotel que el Sr. Dorn tenía en el lugar de su anterior residencia, su entrega en arrendamiento a un

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Año: 1953, CSJN Fallos: 226:254 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-226/pagina-254

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